Do NOT follow this link or you will be banned from the site!

En Vivo

  • Nacional
  • /
  • INTT restringirá la circulación de vehículos con carga pesada hasta el 1 de abril
Nacional

INTT restringirá la circulación de vehículos con carga pesada hasta el 1 de abril

Sólo podrán circular aquellos que transporten medicinas, alimentos y servicios de emergencia

  • 29-Marzo-2024 9:27
  • Lectura:
Cortesía
El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) informa a los operadores de transporte de carga que estará restringida la circulación de este tipo de vehículos, desde este jueves 28 de marzo y hasta el 1 de abril, a fin de fortalecer las acciones de seguridad vial implementadas en el Dispositivo Semana Santa Segura 2024.
 
La restricción aplica para todos los operadores que trasladen cargas iguales o superiores a 3.500 kilogramos, exceptuando a los vehículos que transportan los siguientes productos: alimentos perecederos y no perecederos y sus respectivas materias primas; vehículos graneleros; vehículo de asistencia vial, de emergencia, policiales o militares; vehículos que transporten material de telecomunicaciones; vehículos que transporten material para la defensa de la Nación, de conformidad con la Ley que rige la materia; agua potable y los químicos necesarios para su potabilización; medicinas de corta duración, dióxido de carbono (hielo seco), oxígeno (gases o líquidos necesarios para el funcionamiento de centros médicos asistenciales); desechos sólidos de origen domiciliario (en vehículos habilitados para ese servicio); gas de uso doméstico y combustibles destinados al aprovisionamiento de: estaciones de servicio de transporte terrestre, puertos y aeropuertos, productos asociados de la actividad petrolera, agrícola y pecuaria; fertilizantes químicos y periódicos.
 
Asimismo, el INTT exhorta a los conductores de carga que están dentro de la excepción a cumplir con la Resolución Conjunta 0088 – 0190, donde se establece que el límite de velocidad para los operadores de transporte de carga es de 45 k/h, y que deben circular estrictamente por el canal o borde derecho, sobre todo en aquellas vías donde la pendiente sea pronunciada.
 
Estas restricciones están sujetas a las atribuciones descritas en la Ley de Transporte Terrestre en sus artículos 5 y 17 respectivamente, afianzando las políticas de regulación y ordenamiento en materia de vialidad, impulsadas por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, a través de la Gran Misión Cuadrantes de Paz, en pro de prevenir accidentes viales y garantizar así la movilidad segura de todas y todos los venezolanos.

Nota de Prensa
  • Etiquetas:
Comparte esta noticia: